El alquiler vacacional
¿Qué está ocurriendo?, pues simplemente que la AEAT está tratando de conseguir que pasen por caja (tributen), quienes no lo hacían, y están obteniendo rendimientos por el arrendamiento de viviendas por cortos plazos de tiempo (vacacional).
El propietario declara sus ingresos, el intermediario físico u online, los suyos y el arrendatario se preocupa de tener justificación suficiente que acredite que obtiene y declara, rentas suficientes como para que este gasto no suene desproporcionado.
Otra cuestión es ante que AEAT deben rendir cuentas, esto es otra pelea; principalmente por los ingresos de las empresas intermediarias, que en algunos casos liquidan fuera de nuestro país.
Mirando al propietario, ¿Qué impuestos le corresponden?
IVA.- Estaría sujeto al tipo del 10%, cuando estén amueblados y se presten además, servicios complementarios propios de la industria hotelera (en ese caso, se deben inscribir en el registro correspondiente a cada comunidad autónoma). A estos efectos se consideran los servicios de limpieza interior o cambio de ropa cuando se presten con periodicidad semanal o en plazos más cortos; y no se considerarán como tales la limpieza a la entrada o a la salida de los arrendatarios, el cambio de ropa a la entrada o a la salida, los de limpieza de zonas comunes o los servicios de mantenimiento de la edificación.
Sería al 21%, tipo general, cuando el arrendatario sea una persona jurídica -con alguna excepción- o a personas físicas que no lo vayan a utilizar como vivienda. Y por aquellos servicios que no pueden entenderse como accesorios, por ejemplo, guardería, animaciones, rutas guiadas, etc, al tipo que corresponda en cada caso.
Por supuesto dándose la situación de sujeción al impuesto, existe el derecho a la deducción del impuesto soportado por la compra del inmueble, así como, por cualquier otro gasto relacionado.
IRPF.- Se deberá también tributar por los rendimientos netos en la declaración. Siendo todos los gastos ocasionados, deducibles, reparación y conservación, seguros, intereses, tributos, etc.
Por tanto, si estás implicado, revisa lo que has hecho este verano y actúa en consecuencia.
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