Obligaciones contables del empresario
Veamos, según establece el art. 25 del Código de Comercio: “Todo empresario deberá llevar una contabilidad ordenada, adecuada a la actividad de su empresa, … Llevará necesariamente, sin perjuicio de lo establecido en las leyes o disposiciones especiales, un libro de inventarios y cuentas anuales y un libro Diario”.
Aunque al final, como casi siempre, manda la normativa fiscal a los efectos prácticos y vemos como hay que ir al IRPF y al Impuesto de Sociedades, para concretar esta obligación, según la empresa sea Persona Física o Jurídica.
Si nos centramos en las personas jurídicas, convergen ambas normas (ISS y Co. de Co.) y definen como libros obligatorios el de Socios, Actas, Diario e Inventarios y Cuentas Anuales y como no obligatorio pero muy útil, el libro mayor, amén de los correspondientes libros que exigen otros impuestos como son los de IVA.
¿Eres empresario como persona jurídica? ¿has visto alguna vez estos libros? ¿Existen en tu empresa? ¿Sabes que se deben “legalizar” en el R. M. normalmente antes del 30/4? Y respecto del libro de Inventario y CC AA ¿sabes que las CCAA las debe formular el administrador antes del 31/03, supuesto que el cierre sea el 31/12? Es decir, esta parte del libro debe existir ya para su legalización. Cuestión bien distinta es que antes del 30/6 se debe celebrar la Junta de aprobación de estas CCAA que pueden ser aprobadas o no, y las definitivas, en su caso, depositadas en el RM antes del 30/7.
La sanción por no efectuar ese depósito puede oscilar entre 1.200€ y 60.000€? Cuando el ICAC se decida a empezar a aplicar ese régimen. Además de la consecuencia de quedar cerrado el libro de registro y no se pueda inscribir ningún acto más, excepto, el cese o dimisión del administrador, revocación de poderes, disolución con nombramiento de liquidador, y cualquier otro ordenado por la autoridad judicial.
Por cierto, los libros deben conservarse durante 6 años según la legislación mercantil.
Señor administrador de sociedad, cobra por el cargo, al menos, asegura tu Responsabilidad.
Gabi Martínez
Martínez Abad Consultores
Economista – Miembro Grupo ACE
g.martinez@martinez-abad.es
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