Para los valencianos de residencia

Repasemos sólo las novedades para renta para la Comunidad Valenciana, en concreto las medidas que se aprobaron para 2017 por nuestro gobierno autonómico y no debemos olvidar, al menos conocerlas y repasarlas junto con las que se mantienen, antes de presentar la autoliquidación, renta o borrador. Aunque en la práctica veremos cómo lo más probable es que sólo un porcentaje muy reducido de ciudadanos puedan acogerse a ellas.

Antes de ello, con respecto a la escala vigente en el ejercicio anterior en la Comunidad, en aras del incremento de la progresividad tributaria, se disminuyen los tipos aplicables a los tramos inferiores de renta y aumentan los que gravan los tramos superiores. En concreto la CV recauda el 10% de la Base liquidable si esta es igual o inferior a 12.450,00 €, hasta el 25,50% si supera los 120.000,00 €, pasando por el 11,84€% para una base de 30.000€. Recordemos que a esto hay que añadir la escala estatal.

Con finalidad social, la deducción por familia numerosa se extiende al ámbito de las familias monoparentales estableciéndose que la deducción será de 300 € para las de categoría general y de 600 € para las de categoría especial. Buscando una mayor protección administrativa de estas familias, en cuanto colectivos con posibilidad de encontrarse en riesgo de exclusión social.

Y con fines medioambientales, se modifica la vigente deducción por inversiones para el aprovechamiento de fuentes renovables en la vivienda habitual aumentándola del 5 % al 20 % para impulsar el autoconsumo energético y el empleo de energías renovables en el ámbito doméstico.

Intentando un impulso selectivo de la actividad empresarial relacionada con ciertas actividades intensivas en mano de obras, como la reforma y rehabilitación de viviendas, vuelve de nuevo una deducción que ya la tuvimos en 2014 y 2015, que ascenderá al 15 % de las cantidades invertidas, con una base máxima de deducción de 5.000 €, aunque limitándose su aplicación a contribuyentes con rentas inferiores a 25.000 euros en tributación individual y 40.000 euros en tributación conjunta.

Y por último, pretendiendo impulsar el “consumo cultural”, nace una deducción cuyo importe ascenderá al 21 % de las cantidades satisfechas por la adquisición de abonos culturales de empresas o instituciones adheridas al convenio específico suscrito con Culturarts Generalitat, con un base máxima de deducción de 150 € por periodo impositivo.

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Gabi Martínez
Martínez Abad Consultores
Economista – Miembro Grupo ACE
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