Sí, ya ha pasado 1 año
Y de nuevo “la renta”. Esperemos que este año hayan más obligados, buena señal, en general será signo de que ha aumentado la población activa o se han generado mayores ingresos.
Pocas novedades este año. Antes de nada, recordad, los borradores en un porcentaje elevadísimo no están completos, la AEAT no tiene toda la información en muchísimos casos. Cuidado con las prisas que solicitar importes a devolver que no correspondan, aunque sea la Administración quien se ha confundido, no evita sanciones e intereses, en caso de revisión.
La más mediática. Las rentas por maternidad y paternidad no se deben incluir, si las retenciones, en su caso. Y ya es sabido que se pueden reclamar por los años 2014 a 2017. Otra cosa es cuando cobres, la AEAT se lo está tomando con calma y tiene 6 meses para ello.
Los “impuestos negativos”. Aquellos que se plasman en la declaración pero fuera de la cuota, de modo que se nos abonan al margen del resto de la declaración. Se aprobó el “cheque guardería”. Hasta 1.000 € por gastos de hijos menores de 3 años abonados a la guardería, si esta ha cumplido con sus obligaciones fiscales. Por otro lado, para familias numerosas, 50 € por cada mes, desde agosto, por cada hijo que exceda del mínimo por el que se considera familia numerosa, tanto general como especial. Y por cónyuge discapacitado con rentas inferiores a 8.000 €, podrán pedir 500 €, 100 € al mes desde agosto.
Para obligados a tributar que tengan a su cónyuge o hijos, residiendo en algún país de la Unión Europea en 2018, también tendrán el mismo tratamiento que si todos hubieran residido en España.
También, quienes hayan cruzado el estrecho para trabajar en Ceuta o Melilla, podrán aplicar una deducción del 60%.
Recordemos que los mayores de 65 años tienen varios tratamientos exclusivos, como la exención por la venta de la vivienda habitual. Recordemos que la AEAT tiene cada vez más información sobre las pensiones que vienen del extranjero. Y cuidado con los límites de 12.643 € para determinar la obligación de declarar, los pensionistas con dos pagadores tienen ese mismo límite, previa solicitud con el modelo 146.
Por último, este año puede ya ira muy en serio, el seguimiento a quienes tengan obligación de Impuesto de Patrimonio.
Gabi Martínez
Economista – Miembro Grupo ACE
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